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    La prisión: Una visión sobre la realidad carcelaria argentina    
   

 Por María Cecilia Toro

   
   

 Abogada - ceciliatoro@argentina.com y/o maceto73@uol.com.ar

   
   

XVII CONGRESO LATINOAMERICANO. IX IBEROAMERICANO, I NACIONAL DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÍA. UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL ECUADOR. FACULTAD DE JURISPRUDENCIA 25, 26, 27 Y 28 DE OCTUBRE DE 2005.

 COMISIÓN VI:   REALIDAD PENITENCIARIA (SUBCOMISIÓN “D””).

 PONENCIA: “LA PRISIÓN. UNA VISIÓN SOBRE LA REALIDAD CARCELARIA  ARGENTINA”.

   
         
   

                                                       “Inora el preso a que lado se inclinará la balanza pero es tanta la tardanza que yo le digo por mi: el hombre que dentre allí deje afuera la esperanza”.

                                                       José Hernández: Martín Fierro. La Penitenciaria.

   
   

 

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Introducción

A lo largo de la historia, la humanidad no ha hecho otra cosa que tratar de justificar las atrocidades que los hombres son capaces de cometer en contra de sus semejantes.

El siglo que pasó ha sido testigo de las distintas formas de sometimiento: del hombre al Estado,  del hombre al mercado, del hombre al hombre. “Cada atrocidad se cometió en nombre de la Justicia, cada ideología tenía “su” idea de hombre y en la medida que lo realizaba todo estaba justificado por la necesidad” (Zaffaroni).

El ejercicio de la violencia punitiva institucionalizada evidenciado en el Sistema Jurídico Penal y efectivizado con el Sistema Penitenciario no ha sido ajeno a esta necesidad de justificación, es así que el endurecimiento y la hiperinflación de las normas punitivas, con la consecuente privación de libertad (como paradigma del sistema penal) no hacen pues más que justificar la necesidad de “mantener” la “seguridad ciudadana”

 Los sistemas penitenciarios implican intrínsicamente una contradicción con los “fines” para los que es concebida la cárcel, constituyendo una muestra más de la justificación que se pretende dar a una estructura institucionalizada de represión y control social.

La cárcel hace agua por todas partes como un barco que se hunde. Es sin embargo, el receptáculo de todo un entramado de control anterior, receptáculo que un importante sector de nuestras sociedades periféricas difícilmente podrá eludir.

La Prisión es como lo afirma Foucault “la imagen de la sociedad…una imagen transformada en amenaza”.

Afirmar que la cárcel selecciona y que entre sus muros esconde a los mismos de siempre, al ladronzuelo, al homicida, al violador, no es una aseveración antojadiza, basta pues tan sólo con echar un vistazo sobre nuestras prisiones para corroborar la veracidad de esta afirmación.

Abordaremos pues a la Prisión, a los mecanismos de selección de su clientela, a sus efectos,  con una especial reseña  a la situación penitenciaria  argentina, no sin antes hacer una referencia a nuestra realidad marginal, (que podría ser la de cualquier país latinoamericano) punto de partida irrefutable para nuestro análisis.

 

Una referencia a nuestra realidad marginal

La década del noventa se constituyó en el punto culmine de lo que se ha denominado el triunfo de las políticas neoliberales, se ha propuesto incluso un “fin de la historia”, según palabras del filósofo Francis Fukuyama, el triunfo del capitalismo. Y Argentina no ha sido ajena a este pretendido “fin de la historia”. Se implementaron políticas que se tradujeron en un “achicamiento del Estado”, en un progresivo abandono y transformación de funciones que tradicionalmente éste cumplía.

Hemos sido testigos y protagonistas del paulatino deterioro de la calidad de vida y de una de las peores crisis de nuestra historia. Ya en el año 1989 el Dr. Raúl Zaffaroni, en su obra “En Busca de las Penas Perdidas”, nos brindaba una visión apocalíptica del tema. Él nos decía: “…de no modificarse y revertirse la actual tendencia, en el año 2.000 estaremos fuera de toda competencia internacional, con una población joven considerablemente deteriorada por efecto de carencias alimentarias y sanitarias elementales y con deficiente educación, con notoria marginación urbana en términos de pobreza, con una alta reducción de la clase obrera”

En los inicios del siglo XXI comprobamos que el desempleo y el subempleo involucran a no menos de la mitad de la actividad total. Casi el 50% de la población de nuestro país vive en la pobreza. El 20% de la población entre 15 y 24 años no estudia ni trabaja pero paradójicamente más de 1.500.000 niños de entre 5 y 14 años trabajan en Argentina, la mayoría de estos niños  se integran en el sector informal de la economía, con jornadas laborales de 45 horas semanales. Además se calcula que el 50% de la mano de obra infantil no recibe retribución alguna. (Según un relevo de la OIT)

En Octubre de 2001 antes de la devaluación había un 9,4% de hogares indigentes, en Mayo de 2003 esta cifra ascendía al 17,9 %. De acuerdo a datos del tercer trimestre del año 2004, cada una de las personas que viven en el 10% de los hogares más pobres de la Argentina,  recibían 53 pesos por mes, (unos 18 dólares),  1,7 pesos por día (menos de un dólar por día). En la otra punta las que habitaban en el 10% de hogares más ricos disponían de 1.740 pesos mensuales (aproximadamente  600 dólares por mes),  58 pesos por día (unos 20 dólares por día).  De este modo cada integrante de las familias más ricas recibió en ese trimestre 32,8% veces más que el de la vivienda más pobre, estos datos  marcan que volvió a aumentar la distancia entre los más ricos y los más pobres.

El índice de la mortalidad infantil es del 16.3% por mil de los nacidos vivos, el 43% de la población no ha podido acceder a los servicios de salud necesitándolos, más del 50% no tiene calzado adecuado,  cuatro de cada cinco personas han dejado de comprar ropa, también cuatro de cada cinco tuvieron que comprar menos alimentos o de peor calidad por razones económicas, en el futuro dos de cada tres personas mayores no tendrá cobertura social. (Cifras proporcionadas por el INDEC- Instituto Nacional de Estadísticas  y Censos).

En cuanto a la deserción escolar solamente Bs. As tiene un fracaso educativo tal que durante los últimos años entre 60.000 y 70.000 adolescentes no lograron pasar  el año o directamente dejaron la escuela antes de finalizar la secundaria. De acuerdo a la Dirección Gral. de Cultura de la Provincia de Bs. As en el ciclo lectivo 2002/03 la tasa de promoción del sistema de educación pública fue del 82% y el 18 % restante se divide entre un 10% unos 40.000 que desertó de las aulas y un 8% cerca de 30.000 que no pasó de curso. Según datos oficiales  cerca 1.000.000 de personas  no sabe leer ni escribir (analfabetos totales) cifra a la que hay que incorporar a los analfabetos funcionales (aquellos que abandonaron la escuela primaria), y que asciende a más de 3.600.000 personas.

Este escenario que hemos descrito tiene como protagonistas a quienes serán los más vulnerables al sistema penal, que aparece así como el dique de contención a la violencia cotidiana, pues la pobreza, el analfabetismo, la deserción escolar, la falta de acceso a un trabajo digno,   son sin duda formas extremas de violencia.

En este marco debemos hacer referencia al delito, a cómo funciona el sistema penal y sus agencias (1):

El Sistema Penal funcionará con las siguientes características en nuestra realidad marginal:

a)-Selectividad:

El aparato represivo cumple con esta función en tanto selecciona individuos y grupos sociales a los que indefectiblemente habrá de someter al proceso de criminalización prevaleciéndose de su visible vulnerabilidad social.

El Sistema Penal  seleccionará personas y no conductas de los sectores económica y socialmente desfavorecidos por su grado de vulnerabilidad al aparto penal, son observados y rastrillados a diferencia de lo que ocurre con los estratos superiores de la sociedad, donde existe una tolerancia o apatía al sistema con rasgos inexistentes de vigilancia penal.  

b)- Marginación social: Lejos de resocializar el sistema penal interviene como parte de una estructura marginalizante que viene a ratificar un condicionamiento marginal económico preexistente.

c) -Represividad excedente: Que se relaciona con la penalización excesiva e innecesaria que aplica el sistema penal y que multiplica la violencia social mediante su intervención generando el fenómeno de la inflación penal, esto es una mayor cantidad de tipos penales con una mayor escala punitiva.

d)-Ineficacia tutelar: Se evidencia una absoluta desprotección de la víctima del delito concreto, para quienes el sistema penal carece de respuestas específicas por lo tanto quedan sin recibir ningún beneficio o efecto reparador del aparato punitivo movilizado en su favor, carente de posibilidades reparadoras y de otro tipo de soluciones tutelares como no sea la inflicción de un castigo.

De manera pues que la violencia está ahí, a la vista de todos y practicada por todos, por los que sancionan la delincuencia, por el individuo y por el Estado, pero no toda la violencia es siempre valorada por igual, como lo comprobaremos a continuación:

Según un informe de la Dirección Nacional de Estadística Criminal a través del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (2):

-Al 31 de Diciembre de 2003 había 51.998 personas privadas de libertad en establecimientos de ejecución de la pena en todo el país.

-La evolución de hechos delictuosos creció de 816.340 en el año 1997  a 1.270.725 en el año 2003.

-El 70 % de los detenidos en las unidades de todo el país al 31 de Diciembre del año 2003 tenían entre 18 y 34 años, es decir que la población penitenciaria argentina es una población joven.

-En cuanto al nivel de instrucción el 46% tenía el primario completo, el 22% el primario incompleto, el 11% ningún tipo de instrucción, secundario incompleto el 14%, cifras que  en  un total ascienden a un 93% de  personas privadas de libertad que no han tenido acceso a la educación formal o bien han tenido un acceso inconcluso. De la población penitenciaria del país sólo  el 1% ha accedido al nivel universitario o terciario,  y el 4%, posee educación secundaria completa.  En tanto que EGB y Polimodal (de acuerdo al nuevo sistema educativo) el 2%.

-En cuanto a la capacitación laboral al momento de ingresar: El 50% de los privados de libertad no tenía ni oficio ni profesión, el 41% tenía algún oficio de tiempo parcial, lo que hace un total de 91% de población penal sin capacitación laboral,    sólo el 9% tenía alguna profesión.

-En cuanto a la situación laboral al ingresar: el 35% se encontraba desocupado, el 46% tenía un trabajo a tiempo parcial y el 19% restante tenía un trabajo a tiempo completo.

-Los detenidos privados de libertad se encontraban acusados o condenados por la comisión de robos en su mayor parte, mientras que en un segundo plano se destacan los homicidios dolosos, los hurtos, las infracciones a la ley de drogas y los abusos sexuales.

La impotencia institucional para castigar ciertos tipos de delitos es alarmante, en el mismo período no se registraron condenas por los delitos de: malversación de caudales públicos, calificados ni simples,  prevaricato, denegación y retardo de justicia, entre otros delitos “impunes”.

   
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Prisionización  y Post-prisionización

Quien es privado de su libertad porque no se ha “adaptado” al orden social o porque “ha violado” el orden social imperante pronto deberá adaptarse (si desea sobrevivir) a otro orden, deberá someterse a un “tratamiento resocializador” y antes de ese sometimiento será clasificado, estudiado, cosificado. Se le privará de su tiempo, de su familia, de su espacio, de su corporalidad. Deberá acostumbrarse a los nuevos olores, a los nuevos colores,  a los golpes, a que su mirada empiece en las rejas y termine en los muros, a  la violencia cotidiana. “Amputada la autonomía individual, el encarcelado verá diluida su identidad en el anonimato, soportará el contraste derivado de la imposición de un estándar ético de obediencia o sumisión, se verá forzado a integrarse o adaptarse a una organización grupal artificiosa y admitir una subcultura carcelaria como su grupo de pertenencia, en definitiva se verá arrastrado al proceso de prisionización”. (3).

Este proceso de prisionización no es otra cosa que la adaptación al encierro, porque la  cárcel le enseñará a vivir sin libertad. Se le enseñará a no ser dueño de sus propias decisiones y todas las relaciones que entable en la cárcel serán efímeras, no podrá confiar en nadie ni siquiera en si mismo. El principio es el de la no permanencia, todo resulta provisorio, todo puede ser revisado, requisado, destruido “…se es entonces preso de una oquedad insensible. Quién hubo sido rechazado por el medio libre es negado luego en reclusión. Ni afuera ni adentro, nadie le ha invitado a quedarse”. (4) El preso se acostumbrará a la monotonía del encierro, sin perspectivas de un futuro a corto o largo plazo, no en vano en la jerga carcelaria argentina  a la cárcel se la denomina “la tumba”.

Esto respecto de quienes tienen al menos la certeza del tiempo que durará la privación de libertad, pero debemos incorporar a este panorama sombrío a quienes se encuentran sujetos todavía a proceso, quienes no sólo están privados de su libertad sino que también se encuentran sometidos a un profundo estado de incertidumbre, pues ni si quiera tienen la certeza del tiempo que permanecerán en prisión. Estos procesos por otra parte tienen la característica en América Latina de prolongarse indefinidamente en el tiempo y de constituirse en una pena anticipada de quien se presume inocente. En Argentina el 62% de la población detenida a Diciembre de 2003 se encontraba procesada, el 35% condenado y el 3% eran  inimputables /menores  (5)

El preso deberá acostumbrarse a los afectos, si los tiene en cuotas. Se le vulnerará incluso su sexualidad, el vínculo conyugal (esposo-esposa, concubino-concubina) se destruye o se mantiene de manera precaria. Aún cuando se idearon las visitas conyugales (para evitar una mayor promiscuidad de la existente) estas no son más que visitas furtivas. “Se ha comprobado   que el penado se halla inclinado a sospechar de su esposa cuanto más fuerte es el deseo de satisfacer su libido, y más receloso aún con su amante, novia o amiga (cuya sexualidad juzga por suya) que tiene plena libertad de unirse a otro hombre. Es que como se ha dicho, la naturaleza se inclina bajo el peso de las cadenas y Eros se enloda y pervierte. Así como los instintos que fermentan insatisfechos, agigantan fantasmas sexuales y adquieren una acentuada patología…”. (6)

Una forma eficaz de evasión será el consumo de psicofármacos, drogas y alcohol. “… la pérdida del sentido de la vida y el resentimiento social son consecuencias de la prisionización que deriva en la reincidencia o en el suicidio dentro del mundo del alcohol y de las drogas”. (7) Por otra parte la posibilidad de contraer enfermedades se transforma en un riesgo cotidiano debido al hacinamiento, cuando no al aislamiento, pues las celdas de castigo con sus paredes agrietadas por la humedad, las ratas, las alimañas, el olor lacerante de las cloacas en contacto directo con el interno provocan trastornos físicos de gravedad. Y cargar con una enfermedad en la cárcel es otra condena sumada a la privación de la libertad. Sin mencionar la tortura psicológica  que implica la persecución cotidiana, sentirse vigilado, controlado, limitado.

Cuando el encierro haya terminado el preso deberá enfrentarse nuevamente con la sociedad que lo expulsó, será objeto de estigmatización social, se encontrará con una inexistente contención, sin trabajo, pues nadie lo empleará, el ex preso es mal visto, sus “antecedentes” lo condenaran una y otra vez. Su familia si no se desmoronó durante el tiempo de detención también será marginada y la encontrará con necesidades económicas acuciantes que no podrá satisfacer. Un interno llamado Luis del Penal de Olmos en Bs. As  entrevistado por Alejandro Buján y Víctor Ferrando, para su libro “La Cárcel Argentina…” (8) expresó: “No viejo, una vez que estuviste adentro aunque salgas vas a ser el “sopre”, no te dan laburo, ¿me entendés? Estás libre de caminar por donde quieras y hasta ahí nomás. Si a los “ratis” (policías) no le gusta tu cara te levantan y como tenés antecedentes te comés unos días adentro. A tu familia la fuiste perdiendo cuando estabas adentro, los pibes crecieron y hacen la suya y tu  mujer ya no es la misma ¿viste?…yo, tampoco”.

Entonces será preso pero esta vez y paradójicamente de su libertad, de su propia desgracia, de la miseria,  y las rejas ya no serán de hierro, pero sí de desprecio y de marginación que lo empujarán nuevamente al encierro. Sin embargo,  la “seguridad ciudadana” permanecerá hipócritamente incólume, habrá sido preservada.

   
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La cárcel

Las cárceles se encuentran pues, abarrotadas de los mismos de siempre. En nuestras sociedades profundamente desiguales se predica una ley penal de igual envergadura para todos, “pero la única igualdad que puede predicarse es la que Anatole France veía irónicamente como símbolo de la imperiosa majestad de la ley penal, la de que prohíbe por igual a ricos y pobres robar pan y dormir debajo de un puente.” (9)

A  esta altura no puede negarse pues lo evidente, a nadie se le escapa que la cárcel selecciona y que la privación de libertad recae sobre los que menos tienen.  Como hemos visto resulta  quimérico pretender leer en los diarios “Funcionario corrupto fue condenado a prisión” o “Poderoso empresario condenado a prisión. Autor del delito de lavado de dinero”, sí en cambio, es habitual leer y escuchar “Adolescentes tomaron rehenes para robar supermercado” o  “Amplio rastrillaje en villa miseria en busca de peligrosos delincuentes”.

Quienes pueblan nuestras cárceles son los excluidos, aquellos periféricos de las sociedades periféricas, quienes presentan el mayor grado de vulnerabilidad a ese enorme tentáculo de la prisión, última ratio de control.

Es la sociedad misma la que engendra el delito. Es que “las agencias del sistema penal ejercen poder para controlar un marco social cuyo signo principal es el sufrimiento y la muerte  y que son consecuencia estructural de un sistema que la genera en los más pobres y pone en evidencia la falsedad del discurso jurídico-penal de la “seguridad ciudadana”. Pero al mismo tiempo no existe capacidad para reemplazarlo pues es uno de los principales sostenes del poder vigente y autoritario del Estado”. (10)

En este marco en que “el orden social establecido” se nos presenta como un orden carente de solidaridad y de justicia, donde debe garantizarse a toda costa la “seguridad ciudadana”, en este mismo orden, en esta misma sociedad es donde el delincuente debe ser reinsertado, es que la cárcel “debe resocializar”. Y en este punto es que el discurso resocializador y reeducador, afloran cuando menos como contradictorios, pues    las palabras: “re-socializar”, “re-educar”, implican etimológicamente un “volver a”, volver a ser social, volver a educar. He aquí  pues, la gran paradoja del Derecho Penal: “Educar” para la libertad privando de libertad. La “resocialización”  tendría sólo sentido en una sociedad con un orden jurídico y social justo. Cuando no es este el caso (y el nuestro no lo es) cabe preguntarnos entonces: ¿Cómo volver a hacer social a alguien que  nunca estuvo incluido en ese orden?, ¿Cómo volver a insertar a alguien que siempre estuvo marginado?, ¿A qué sociedad debemos “reintegrarlo”?.

“Qué sentido tiene resocializar al delincuente contra la propiedad adoctrinándole en el respeto a la propiedad privada, en una sociedad basada en la desigualdad económica o con una injusta distribución de sus recursos entre sus miembros?

¿Cómo y para qué resocializar a alguien que por razones coyunturales de desocupación laboral, grave crisis económica, etc. Comete un delito contra la propiedad, mientras esas razones de desocupación y crisis económica sigan existiendo?

¿Cómo resocializar en el respeto a la vida a un delincuente violento sin criticar al mismo tiempo a una sociedad  que continuamente está desencadenando y ejerciendo una violencia brutal (guerras, violación de derechos humanos) contra grupos más débiles o marginados, entre los cuales probablemente se halla el delincuente?

¿Cómo resocializar al psicópata sexual, autor de una violación, sin cuestionar al mismo tiempo a una educación hipócrita absolutamente represiva del instinto sexual y una sociedad que hace de esa represión un motivo de negocios?”.(11)

 Todas estas son preguntas que aún no tienen una respuesta racional.

Por otra parte difícilmente la cárcel pueda cumplir con esa “finalidad re-educadora” en instituciones atiborradas de detenidos. Haciendo referencia al caso argentino, según un informe de la Dirección Nacional de Estadística Criminal,  al 31 de Diciembre de 2003 había 51.998 personas privadas de libertad en establecimientos de ejecución de pena de todo el país. Teniendo en cuenta la cantidad de personas privadas de libertad que se encontraban en comisarías y en dependencias de la Prefectura Naval y la Gendarmería (10.879 personas, según lo relevado al 31 de Junio de 2004 en la mayor parte del País) el total de detenidos ascendería a 62.877 personas. El Servicio Penitenciario de la provincia de Bs. As es la institución con mayor cantidad de unidades y detenidos de todo el país (22.983) seguida por el Servicio Penitenciario federal (9.246 personas detenidas). Entre ambas instituciones agrupan al 52% de los detenidos en todas las unidades del país.  Presentando índices alarmantes de superpoblación, sólo haciendo referencia a algunas Unidades Penitenciarias de la Argentina por ejemplo,  la Unidad Penitenciaria N° 1 de Olmos,  presentaba una superpoblación que ascendía al 55,7%,  en Diciembre de 2003 alojaba a 2.803 internos y su capacidad es de 1.800, la Unidad 30 de Gral. Alvear presentaba una superpoblación del 14, 6 %, con capacidad para alojar a 1.728 internos alojaba a 1.980,   la Unidad 14 también de Gral. Alvear presentaba una superpoblación que ascendía al 129,4%,  con capacidad para alojar a 68 internos, alojaba a 156, en Provincias como Córdoba, la Unidad Penitenciaria N°2 con capacidad para 1.071 internos alojaba a 1.562 con una superpoblación del 45,8%,  en la misma Provincia pero en su unidad N° 6 de Río Cuarto se encontraban alojados 439 internos y su capacidad es para 146,  en  Catamarca la superpoblación ascendía al 40%,  en su única Unidad con capacidad para 180, alojaba a 252,  San Luis, por ej. en su  Unidad 1 presentaba uno de los índices más elevados con un 82,4% de superpoblación, con capacidad para alojar a  108 alojaba a 197 personas, mientras que en otras unidades de la misma Provincia el porcentaje ascendía al 35,2%. En Misiones, la Unidad penitenciaria N° 2 tenía una superpoblación del 253%, teniendo capacidad para alojar a 42 personas alojaba a 191. Según el censo del 2003 sobre población penitenciaria, el porcentaje promedio de superpoblación ascendía al 10,1%  en todo el país.

La tasa de encarcelamiento en penitenciarias argentinas pasó de 83,2% cada 100.000 habitantes en 1997, (cuando la población total del país ascendía a 35.671.894 millones de personas)   a  143,4  personas privadas de libertad cada 100.00 habitantes en el 2003 (con una población en total el país  de 36.260.130). (12)

Es necesario callar, ocultar y las cárceles silencian, detrás de sus muros esconden. Así es que se convierten en depósitos humanos cada vez más colosales

La superpoblación, el hacinamiento, y la violencia contenida conforman un cóctel explosivo.  En este punto haremos referencia a uno de los motines más sangrientos de la historia carcelaria argentina, motín que se desencadenó en la apacible localidad santafecina de Coronda durante el mes de Abril del presente año y  cuyo saldo fue de 14 presos muertos en una reyerta entre “bandos opuestos” y cuyos orígenes  espurios (esto es, la connivencia del personal penitenciario) parecen ser cada vez más evidentes. Así uno de los guardias declaró  que “Lo extraño es que no se había sentido ruido de rotura de candados y agregó que un preso apareció con dos facas de unos 50cm. cada una y yo por instinto natural agarré una silla de plástico y comencé a pelear. Él seguía avanzando y me agujereaba la silla... Los presos me hicieron abrir cada una de las celdas, y tenían una lista con la que empezaron a buscar a sus víctimas, entraban y se sentían los gritos de desesperación, era una carnicería… Cuando estuve internado me visitó un alcalde, quién en privado me pidió que falseara algunos detalles de mi declaración…” (13)

Los presos murieron degollados e incinerados en manos de sus compañeros…

La violencia engendra a la cárcel y la violencia la mantiene con vida, no obstante es necesario no perder de vista que la cárcel no es más que el reflejo de una crisis generalizada. Es el sistema penal el que está en crisis y está enfermo de prisión.

 

 CONCLUSIONES

Los sitios donde se encuentran las cárceles pueden ser geográficamente distintos, pero sus arquitecturas y sus habitantes serán siempre los mismos: Cuerpos esmirriados, sonrisas tristes y oscuras, humedad, alimañas, rejas que se cierran, desesperanza, hacinamiento, promiscuidad, muerte, violencia… “hay muertes en motines carcelarios de presos y de personal penitenciario, hay muertes por enfermedades en las prisiones, hay muertes por la altísima tasa de suicidios entre los criminalizados…hay muerte” (Zaffaroni. “En busca…) (14)

Es necesario reconocer, que nos estamos quedando fuera. “Sólo el nivel de violencia al que asistimos y su trágica visión proyectiva nos decidirá a asumir nuestra condición marginal” presupuesto ineludible para intentar su superación.

En un mundo en el que la única globalización que  nos llegó es la de la pobreza, la miseria y la exclusión, la cárcel seguirá teniendo  una “clientela” asegurada.

Las cárceles no son  pues más que el fiel reflejo de nuestras sociedades, como el reflejo es tan virulento no queremos verlo. Pero al mismo tiempo la cárcel redime a la sociedad de sus culpas y mientras esta finalidad siga siendo efectiva tendrá larga vida.

Aunque importe un monumento al absurdo y un prototipo de la irracionalidad,  envuelve en sus entrañas  la ESPERANZA hacia un abolicionismo carcelario entre quienes aspiramos a un orden jurídico y social más justo.

No obstante lo antedicho, las grandes crisis siempre produjeron grandes cambios, el avance hacia medios alternativos y sustitutivos de la prisión que se están poniendo en práctica, como la probation, el “arresto de fin de semana”, (que se ha implementado ya en algunas provincias, en fallos ejemplares), la prueba piloto de la prisión abierta (bajo ciertas condiciones, como una excepción, pero prisión abierta al fin) en instituciones carcelarias provinciales, el enjundioso fallo de la Corte Suprema de Justicia de Mayo de este año, haciendo lugar a un habeas corpus correctivo en favor de personas detenidas en condiciones agravantes,  implican un atisbo de cambio, un “abrir los ojos”, ante una situación penitenciaria que se torna insostenible,  todos estos hechos nos llevan a afirmar que,  aunque parezca una utopía…quién dijo que todo está perdido?!.

 

   
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Notas y Bibliografía

1-Juan Carlos Pinto Quintanilla. “Cárceles y familia” PG. 25

2-El SNEEP (Servicio Nacional de Estadística de Ejecución de la Pena) fue creado dentro de la órbita de la Dirección Nacional de Política Criminal. A partir de la sanción de la ley 25.266 se le otorgó a la Dirección Nacional  de Política y Criminalidad  la potestad de diseñar y producir las estadísticas de Criminalidad. Y su informe correspondiente  al período 1997/2003 hemos tomado como columna  del presente trabajo.

3- E. Neuman, Irurzún…“La Sociedad Carcelaria”

4- Elías. Neuman, prólogo a: Ejecución de la pena privativa de la libertad, PG. 37.

5-Porcentajes correspondientes al período 2003, al 2004 esta cifra ascendía al 70%

6-Neuman, Irurzún, op, cit, PG 234

7- Juan Carlos Pinto Quintanilla Op. Cit,  PG. 12

8-Alejandro Buján-Víctor Ferrnado. “La Cárcel Argentina”. PG. 46

9- Francisco Muñoz Conde. “Derecho penal y Control Social” PG.  45

10-Rosello. F. “La Prisión”, PG, 45

11-Muñoz Conde Francisco, op.cit PG 108

12- En este punto debemos detenernos en un fallo ejemplar de la Corte Suprema de Justicia de la Nación  del 3 de Mayo del presente año, ante un recurso extraordinario interpuesto por el CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) en virtud del rechazo de un Habeas Corpus Correctivo   interpuesto ante la Corte de Justicia de Bs. AS a favor de las personas privadas de libertad en centros de detención en condiciones agravantes. Fallando la Suprema Corte a favor de las personas detenidas en ellos y cuya parte resolutiva dispone:

1. Declarar admisible la queja y procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada.

2. Declara que las Reglas Mínimas para el tratamiento de Reclusos de las Naciones Unidas, recogidas por la ley 24.660, configuran las pautas fundamentales a las que debe adecuarse toda detención.

3. Disponer que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a través de los jueces competentes, haga cesar en el término de sesenta días la detención en comisarías de la provincia de menores y enfermos.

4. Instruir a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a los tribunales de todas las instancias de la provincia para que, en sus respectivas competencias y por disposición de esta Corte Suprema, con la urgencia del caso, hagan cesar toda eventual situación de agravamiento de la detención que importe un trato cruel, inhumano o degradante o cualquier otro susceptible de acarrear responsabilidad internacional al Estado Federal.

5. Ordenar al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires que, por intermedio de la autoridad de ejecución de las detenciones, remita a los jueces respectivos, en el término de treinta días, un informe pormenorizado, en el que consten las condiciones concretas en que se cumple la detención (características de la celda, cantidad de camas, condiciones de higiene, acceso a servicios sanitarios, etc.), a fin de que éstos puedan ponderar adecuadamente la necesidad de mantener la detención, o bien, dispongan medidas de cautela o formas de ejecución de la pena menos lesivas. Asimismo, se deberá informar en el plazo de cinco días toda modificación relevante de la situación oportunamente comunicada.

6. Disponer que cada sesenta días el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires informe a esta Corte las medidas que adopte para mejorar la situación de los detenidos en todo el territorio de la provincia.

7. Exhortar a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Provincia de Buenos Aires a adecuar su legislación procesal penal en materia de prisión preventiva y excarcelación y su legislación de ejecución penal y penitenciaria, a los estándares constitucionales e internacionales.

8. Encomendar al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para que a través de su Ministerio de Justicia organice la convocatoria de una mesa de diálogo a la que invitará a la accionante y restantes organizaciones presentadas como amicus curie, sin perjuicio de integrarla con otros sectores de la sociedad civil, debiendo informar a esta Corte cada sesenta días de los avances logrados Agréguese la queja al principal y extráiganse fotocopias certificadas para su reserva en este Tribunal. Notifíquese y remítase. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - CARLOS S. FAYT (en disidencia parcial)- ANTONIO BOGGIANO (en disidencia)- JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M. ARGIBAY (en disidencia parcial).

13-Declaraciones extraídas de la nota efectuada por Salvador Sales para el diario “El Clarín” (Bs. As) del día viernes 13 de Mayo de 2005.

14-Zaffaroni, Raúl Eugenio “En busca de las penas perdidas”. PG 67.

 

Bibliografía:

-Juan Carlos Pinto Quintanilla “Cárceles y Familia”. Ed. Universitaria. La paz 2000.

-Francisco Muñoz Conde “Derecho Penal y Control Social”. Ed. Temis. Bogotá 1999

-Elías Neuman –Irurzun Victor“La Sociedad Carcelaria”. Ed. Depalma. Bs. As 1994

-Ceruti –Rodriguez “Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad (ley 24.660)”. Ed. La Rocca. Bs. As Argentina. 1998

-F. Rossello” La Prisión”. Ed. Universitaria. La Paz  1997

-Alejandro Buján –Víctor Hugo Ferrando.” La cárcel Argentina. Una perspectiva Crítica” Ed.  Ad hoc. Bs. As 1998

-Raúl Eugenio Zaffaroni “En busca de las Penas Perdidas”. Ed. Ediar. Bs. AS 1989

 

 

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